Milei en la apertura del 144° periodo de sesiones ordinarias.
Este jueves, la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió otorgar efecto suspensivo a la apelación presentada por el Estado Nacional contra la medida cautelar que había frenado 82 artículos de la reforma laboral. De esta forma, la ley 27.802 de Modernización Laboral vuelve a tener plena vigencia.
Previamente, el juez Raúl Ojeda hizo lugar a una medida cautelar presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT), invalidando la aplicación de parte de la norma sancionada en el Congreso Nacional y publicada en el Boletín Oficial a principios de marzo.
Las modificaciones en materia de indemnizaciones por despido, modalidades de contratación, banco de horas, fraccionamiento de vacaciones y límites a las contribuciones sindicales eran algunos de los artículos suspendidos por la cautelar. En este marco, el sector gremial sostenía que estas disposiciones vulneraban los derechos consagrados en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.
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